Si el pasado domingo 29 de octubre ejerció su derecho al voto en las elecciones regionales, es importante que conozca los beneficios a los que tiene derecho, entre ellos, reclamar medio día de descanso compensatorio remunerado en su trabajo.
Jornada de descanso compensatorio
A continuación, se explican los plazos y los pasos que se deben seguir para hacer valer este beneficio, así como qué hacer en caso de una negativa.
Para solicitar el compensatorio de medio día por votar, se necesita tener a mano el certificado electoral, documento que fue entregado por los jurados al finalizar el proceso de votación.
En este certificado, se encontrarán datos como el número de cédula, nombre y puesto de votación, además de la firma del jurado que lo autoriza.
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Una vez que se cuente con el certificado electoral, este se presenta al empleador y en un plazo máximo de 30 días después de las elecciones, se debe hacer efectivo el descanso correspondiente.
Es importante tener en cuenta que la fecha del descanso debe ser acordada entre el empleado y el empleador, es decir, no puede ser impuesta unilateralmente por ninguna de las partes.
Si fue jurado de votación, hay derecho a reclamar un día completo de compensatorio, siguiendo el mismo procedimiento antes mencionado.
Cabe resaltar que tanto el medio día de descanso como el día completo aplican para empleados con todo tipo de contrato: a término fijo, indefinido, contrato de confianza, entre otros.
En caso de que el empleador se niegue a otorgar el descanso, existen acciones que se pueden tomar. Si se labora en una entidad pública, se puede presentar una acción de cumplimiento.
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Si, por el contrario, se trabaja en una empresa privada, esta la opción de radicar una queja ante la Oficina del Trabajo o comunicarse a la línea 120 del Ministerio de Trabajo.
Más beneficios por participar en elecciones
Además del medio día de descanso, el certificado electoral también puede brindar otros beneficios.
Por un lado, se puede solicitar una rebaja en la prestación del servicio militar, con una reducción de un mes en el caso de soldados bachilleres o auxiliares bachilleres, y dos meses en el caso de soldados campesinos o soldados regulares.
También se puede obtener un descuento del 10% en el trámite inicial y duplicados de la libreta militar y pasaporte, durante los cuatro años siguientes a la votación.
Además, existen beneficios relacionados con la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado, siempre y cuando se cumplan condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto.
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Hasta el 28 de noviembre hay plazo para reclamar el beneficio de medio día de descanso remunerado por haber ejercido el derecho al voto.