Desde hoy domingo, 23 de julio, entra en vigor la medida que prohíbe la pesca deportiva en los parques ecoturísticos de la CAR, en Cundinamarca, restricción afectará a dos parques en particular.
La medida cobija especialmente al Embalse El Hato, ubicado en Carmen de Carupa, y Embalse Neusa, situado en Cogua, Cundinamarca, donde hasta la fecha había sido permitida dicha práctica.
Esta determinación fue informada por la entidad, la cual asegura que se basa en lo dispuesto en la Sentencia C-148 de 2022 de la Corte Constitucional.
La decisión prohíbe esta actividad en el ámbito deportivo y entró en vigencia a nivel nacional en abril del presente año.
Andrea Lorena Real Ramírez, directora Operativa de Parques CAR, afirmó que únicamente se autorizará la pesca artesanal en horarios específicos.
CAR prohíbe pesca deportiva en Cundinamarca
Para esto se debe tramitar previamente el permiso ante la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) y presentar el carnet que certifique la condición de “artesanal”.
La CAR, con esta medida, reafirma su compromiso de proteger la fauna del territorio y de conservar los recursos naturales bajo los principios de sostenibilidad ambiental y las disposiciones legales vigentes.
“Hacemos un llamado a la comunidad para que cumpla esta medida y contribuya a la preservación de la riqueza natural de los parques ecoturísticos CAR”, puntualizó Andrea Lorena Real Ramírez.
Cundinamarca y Boyacá son hogar de seis parques ecoturísticos administrados por la CAR. Además de los ya mencionados El Hato y Neusa, estos ecosistemas incluyen la Laguna del Cacique Guatavita, Río Neusa, Puente Sopó y Juan Pablo II.
De igual forma, cabe destacar que, en este último grupo, la pesca no estaba habilitada anteriormente.
La entidad recordó a los visitantes que todos estos destinos ofrecen diversos servicios que permiten conectar a las personas con la naturaleza.
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Actividades que fomentan la sostenibilidad ambiental
Es por eso, que los invitó a seguir visitando estos ecosistemas y a participar en las diferentes actividades que fomentan la sostenibilidad ambiental.
La pesca deportiva, práctica común en algunos espacios naturales, ha generado debates y regulaciones a nivel global por su impacto potencial en el ecosistema acuático y la preservación de especies.
En muchos lugares, esta actividad ha sido objeto de restricciones o prohibiciones para garantizar la sostenibilidad de los recursos acuáticos y proteger la biodiversidad.
En el caso específico de los parques ecoturísticos de Cundinamarca, la CAR tomó una decisión en línea con la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales.
Esta prohibición busca asegurar que la fauna acuática y los ecosistemas acuáticos en general sean preservados de manera adecuada y sostenible.
Una actividad recreativa
La pesca deportiva es una actividad recreativa que involucra la captura y liberación o consumo de peces por parte de aficionados.
Aunque puede considerarse una actividad relajante y gratificante para muchos, también puede tener consecuencias negativas en los ecosistemas acuáticos y las especies que los habitan.
En muchos casos, la pesca excesiva puede desequilibrar los ecosistemas al eliminar especies clave y reducir las poblaciones de peces, lo que afecta la cadena alimentaria y la biodiversidad en general.
Además, el uso de ciertos equipos de pesca, como redes de arrastre y trampas, puede causar daños físicos a los hábitats acuáticos y atrapar accidentalmente especies no deseadas (capturas accidentales).
En los parques ecoturísticos administrados por la CAR, la restricción de la pesca deportiva busca proteger los cuerpos hídricos y las especies acuáticas presentes en estos lugares.
Los Embalses El Hato y Neusa son dos de los destinos más populares en la región para pesca deportiva, por lo que la medida generará controversia entre entusiastas de esta actividad.
Pesca artesanal con permisos
Sin embargo, es importante recordar que la pesca artesanal sigue permitida en horarios específicos, siempre y cuando se obtenga el permiso correspondiente.
La pesca artesanal es una actividad de menor impacto ambiental, ya que generalmente se lleva a cabo en pequeña escala y utiliza técnicas tradicionales y sostenibles.
Estos pescadores suelen depender de los recursos pesqueros de manera directa para su subsistencia, lo que los motiva a utilizar prácticas de pesca responsables y cuidar los ecosistemas acuáticos.
La decisión de la CAR está alineada con la Sentencia C-148 de 2022 de la Corte Constitucional, que busca proteger el medio ambiente y promover la sostenibilidad.
La Corte Constitucional es el máximo tribunal encargado de interpretar la Constitución de Colombia y garantizar el respeto a los derechos fundamentales y los principios consagrados en la Carta Magna.
No compatible con conservación de ecosistemas
Dicha sentencia es el resultado de un proceso judicial en el que se analizaron los impactos ambientales de la pesca deportiva.
Además, se concluyó que esta actividad no es compatible con la conservación de los ecosistemas acuáticos y la protección de las especies.
Por lo tanto, la Corte decidió prohibir la pesca deportiva en el país, y su decisión fue acogida por la CAR y otras entidades responsables de la gestión ambiental.
La protección de la fauna y los recursos naturales es un objetivo esencial para las autoridades ambientales, porque garantiza la supervivencia de las especies y la preservación de la biodiversidad.
Los parques ecoturísticos son espacios importantes para la conservación, ya que albergan una gran variedad de ecosistemas y especies que merecen ser resguardadas para las futuras generaciones.