La búsqueda por modificar la Constitución de Colombia a través de la propuesta conocida como "Referendo por la Vida" ha llegado a un abrupto final. La Registraduría Nacional, el ente encargado de validar procesos electorales y referendos en el país, anunció que la iniciativa no ha cumplido con los requisitos necesarios para ser llevada a cabo. A continuación, presentamos un análisis detallado del contexto y las implicaciones de esta resolución emitida por las autoridades electorales.
En primer lugar, es esencial señalar que el 40% de las firmas entregadas en apoyo al referendo fueron invalidadas. Los motivos incluyeron inconsistencias en los datos y la duplicidad de registros, lo cual es un reflejo de las rigurosas verificaciones que se realizan para garantizar la legitimidad de los procesos democráticos en Colombia. La iniciativa, impulsada por la Misión Carismática Internacional y la exconcejal de Bogotá, Sara Castellanos, buscaba alterar el artículo 11 de la Constitución nacional. Dicho artículo reviste especial importancia, ya que se refiere al derecho a la salud de las mujeres y a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
Desde su concepción, la propuesta del referendo se vio sometida a un estricto escrutinio por parte de la organización Causa Justa. Este grupo destacó en varias ocasiones posibles anomalías en el proceso. Una de las irregularidades más significativas fue la prórroga de tres meses para la recolección de firmas otorgada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), argumentando condiciones climáticas desfavorables, una justificación que ha suscitado debate.
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Adicionalmente, la tardanza de cinco meses de la Registraduría Nacional en publicar la resolución de autorización de inscripción del comité promotor ha sido objeto de críticas referentes a la transparencia del proceso. A pesar de estos obstáculos, Causa Justa resaltó que el uso de mecanismos de participación ciudadana no debería servir para restringir derechos fundamentales. La agrupación enfatizó que iniciativas como el referendo en cuestión podrían representar una regresión en derechos ya establecidos.
Diana Guzmán, directora de Dejusticia y académica de la Universidad Nacional, ha subrayado la importancia del referendo como expresión de la voluntad popular y plataforma de debate público. Pese a ello, critica que propuestas como la del "Referendo por la Vida" podrían debilitar la naturaleza y el alcance democráticos que estos mecanismos representan. Ella insiste en que los referendos no pueden utilizarse para promover retrocesos en derechos fundamentales pues, según la jurista, una vez reconocido un derecho, este se convierte en un límite inamovible frente al ejercicio del poder estatal y la influencia de las mayorías.
Desde 2006, Colombia ha experimentado avances legales hacia la protección de los derechos de las mujeres, marcados por hitos judiciales como la "Sentencia C-355", que despenalizó el aborto en tres circunstancias específicas, y la posterior "Sentencia C-055" de 2022, que amplió esta protección.
Estos avances jurídicos reflejan una senda de reconocimiento progresivo de la dignidad, igualdad y salud reproductiva. La tentativa de restringir estos derechos a través de un referendo, según expertos, no sólo es inadmisible desde una perspectiva constitucional, sino que también desatiende los progresos sociales alcanzados en materia de derechos humanos y justicia de género en Colombia.
En resumen, mientras que el "Referendo por la Vida" planteaba un escenario de limitación de derechos, la decisión de la Registraduría Nacional de no llevar adelante esta iniciativa refleja la necesidad de respetar y reconocer los campos de actuación de la participación ciudadana. Este episodio destaca el imperativo de fortalecer la democracia participativa, sin perder de vista los principios fundamentales de los derechos humanos y la protección de las libertades individuales.
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