Para la Procuraduría el proceso contendría irregularidades originadas en la falencia de estudios y diseños, y “a un reajuste en el valor que ascendió a $62.876 millones”. El Ministerio Público mantiene otras investigaciones similares sin resolver por casos en Fusagasugá, Tocancipá y varias poblaciones en territorio de la misma Corporación.
La decisión de la Procuraduría, consistente en la destitución e inhabilidad por diez años en contra del actual director de la autoridad ambiental, Néstor Franco, se conoció en desarrollo de diligencia de las últimas horas a la cual había sido citado el funcionario. (Ver: Por PTAR II de Chía a indagatoria Director de la CAR )
“En audiencia verbal, el Ministerio Público señaló que el convenio suscrito por la CAR con la Empresa de Servicios Públicos de Chía, Emserchía, y la alcaldía del municipio, por más de $35 mil millones, no se encontraba en condiciones de ser ejecutado”, precisa una comunicación oficial.
De acuerdo a lo indicado por la Procuraduría, los estudios y diseños planteados para implementar la Planta de Tratamiento PTAR II no eran suficientes ni estaban actualizados y completos para ejecutar el proyecto, lo que llevó a retrasos en la ejecución de las obras y a un reajuste en el valor, que ascendió a $62.876 millones.
“Para la Procuraduría esa situación debió preverse antes de la firma del convenio, en 2015, en razón a que las normas que rigen los procesos contractuales deben cumplirse con estricto rigor, pues es la forma de garantizar el cumplimiento del interés general que constituye la finalidad de todo proceso de contratación, y así evitar retrasos en las obras o adiciones en el valor de las mismas”, subraya la misma información.
Estima que por lo anterior se violó el principio de planeación, como expresión del de economía y de responsabilidad, toda vez que “el objetivo del convenio no fue posible ejecutarlo a partir de los estudios y diseños que se tenían al momento de su firma, lo que ocasionó que la construcción solo se iniciara tres años después de la suscripción del documento”.
Para el caso de la PTAR Fusagasugá una queja pidiendo se aclaren dudas al respecto fue radicada ante la Procuraduría en esta ciudad, pero a la fecha no se tiene la menor noticia sobre la suerte de la inquietud; el tema fue ventilado a nivel del Concejo Municipal en noviembre del 2.0127 (Ver: Emserfusa argumenta modificaciones a proyectada PTAR en Fusagasugá )
La Procuraduría considera que la conducta de Néstor Franco González es una “falta gravísima cometida a título de culpa gravísima”. El fallo en primera instancia fue apelado por el disciplinado.
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