Suscribirse
Logo noticias dia a dia
×
logoFB logoTT logoIG logoTW logoLI logoYT

Suspenden elección de Rector  en la Universidad de Cundinamarca

por: Omar Gamboa

eleccion-rector-universidad

La decisión fue adoptada teniendo en cuenta “la recusación presentada contra la Secretaria General (de la Universidad de Cundinamarca)  en calidad de Secretaria Técnica de este máximo órgano colegiado”. De lo anterior se supo mediante comunicado (001 – lunes 4 de septiembre) del Consejo Superior de la misma institución.

El proceso de elección de Rector para el período 2023 – 2027 podrá reiniciarse una vez sean superados los trámites legales originados en el recursos contra el proceso radicados hace pocas semanas.

Según la misma comunicación, “el Consejo Superior (de la UCundinamarca) dará trámite a las acciones correspondientes para continuar con el presente proceso de elección y designación del Rector (a) de la Universidad”, cuando las circunstancias legales lo permitan.

Todo lo anterior, en virtud del artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo que señala: “…La actuación administrativa se suspenderá desde la manifestación del impedimento o desde la presentación de la recusación, hasta cuando se decida…”

*El documento completo puede ser consultado en el siguiente enlace (clic)

La recusación contra la elección de Rector

El actual escenario de  suspensión del proceso de elección de nuevo Rector para la Universidad de Cundinamarca fue provocado mediante solicitud formulado por el abogado César Augusto Moya.

Su petición fue radicada ante el Consejo Superior de la Universidad de Cundinamarca el pasado 31 de julio. En concreto, pide la suspender el trámite mientras se aclaren algunos puntos sobre los cuales, considera, existen algunas inquietudes.

Se refiere al Acuerdo 005 del 19 de julio de 2023, mediante el cual se pone en marcha la agenda para designar al nuevo Rector del principal centro de formación superior en Cundinamarca.

Moya Colmenares estima, en esencia, que el periodo institucional (del Rector) no puede iniciar y terminar en la misma fecha”. Alega que  “del 16 de diciembre de 2023 al 16 de diciembre de 2027 transcurrirían 4 años y 1 día, pues el periodo de 4 años en estricto sentido iniciaría el 16 de diciembre de 2023 culminando el 15 de diciembre de 2027, no el 16 del mismo mes y año. A título de ejemplo, el año 2023 comienza el 1º de enero de 2023 y termina el 31 de (diciembre) del mismo año, no termina el 1º de enero de 2024”.

Otro aspecto que para el jurista despierta inquietud está relacionado con la firma del citado Acuerdo (005 DEL 2023-07-19). Dice que éste debe ser firmado por el Presidente del Consejo Superior o su Delegado (el gobernador Nicolás García o la secretaria de Educación del departamento  (no por un Presidente Ad Hoc), y por la Secretaria General.

Un trámite precipitado

*El documento completo puede ser consultado en el siguiente enlace (clic)

Para el jurista, igual, no es consecuente que la aprobación y trámite del Acuerdo en cuestión (005) se haya realizado de manera acelerada, sin los espacios de tiempo razonables.

“… todo lo anteriormente expuesto se realizó el mismo día 19 de julio, de un afán sin precedentes”, advierte. Insiste en que que los procedimientos se cumplieron el mismo día, asunto que llevaría a pensar en que podría existir un aspecto que amerita explicaciones. “… es decir que todo ocurrió el mismo día, sin que se sepa cuál es el reglamento que regula todo ese procedimiento”.

Otro aspecto que para Moya Colmenares suscita inquietud, tiene que ver con la elaboración y firmas del citado documento o Acuerdo. “… no consta quién fue el funcionario público que al interior de la UDEC lo redactó o (lo) proyectó”, subraya.

Señala que en el texto en cuestión solo “aparece únicamente el visto bueno (de la) persona que lo revisó (la Directora Jurídica) y, finalmente aparece la firma del señor EDGAR ARMANDO RINCÓN CERÓN, como Presidente Ad Hoc del Consejo Superior.

Este último aspecto igual llama la atención del autor de la inquietud. Para él y en casos como éste, el “Presidente  Ad – Hoc” no debe suscribir documentos como el Acuerdo 005 citando a elección de nuevo Rector.

“… encuentro que en el Acuerdo 007 del 9 de julio de 2015 y demás normas de la UDEC, no aparece que los Acuerdos de Consejo Superior puedan ser firmados por un PRESIDENTE AD - HOC DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO. Agrega que ese mismo precepto, en eventos como este, solo permite la firma, “única y exclusivamente”, de quien preside el Consejo Superior. Es decir del Gobernador de Cundinamarca (en este caso, Nicolás García) o su Delegada (la Secretaria de Educación).

¿Quién debe firmar?

Otro punto sensible en la argumentación del abogado Moya tiene que ver con la firma autorizada para suscribir el Acuerdo 005 mediante el cual se convoca a la elección del nuevo rector de la U de Cundinamarca. Cita el artículo 64 de la Ley 30 de 1992 y el acuerdo 007 del 9 de julio del 2015 en donde se dispone sobre la persona que debe suscribir el documento.

“… preceptúa que el Gobernador del Departamento de Cundinamarca o su delegado, es quien lo preside, siendo que debe ser única y exclusivamente el señor Gobernador de Cundinamarca Dr. Nicolás GARCIA BUSTOS o su Delegada, quien puede firmar el mencionado Acuerdo No. 005”.

Otro punto a tener en cuenta es que, según el abogado Moya, en ningún documento aparece autorización para que se designe a “Edgar Armando Rincón Cerón como Presidente Ad –Hoc”. Tampoco figura un acto de posesión para ejercer la dignidad.

En la exposición escrita del Jurista se resalta que, igual, no existe escrito alguno mediante el cual el Gobernador de Cundinamarca, haya delegado a esta misma persona para que lo represente en calidad de “presidente Ad – Hoc”.

Inquietudes anteriores

Hace tres semanas, a mediados de agosto, la W Radio entregó una noticia relacionando inquietudes de estudiantes, y la versión de un catedrático del mismo claustro haciendo referencia al tema.

Expresaron dudas sobre la forma como se estaban recogiendo firmas para respaldar uno de los aspirantes a la rectoría. Esos aspectos le proveyeron argumentos al abogado Moya para sustentar una demanda de tipo penal contra el proceso en cuestión. (Ver: “Denuncia Penal” por proceso de elección de rector de la U de Cundinamarca )

Así las cosas, la elección del nuevo Rector de la Universidad de Cundinamarca enfrenta escollos que retrasarán el proceso hasta cuando las dudas queden resueltas.

Se sabe que el Ministerio de Educación Nacional tiene los ojos puestos sobre el tema. Igual la Fiscalía. De momento no se conoce pronunciamiento del gobernador de Cundinamarca Nicolás García Bustos.