En un esfuerzo por combatir el transporte ilegal y garantizar la seguridad vial, la Administración Municipal de Girardot ha emitido el Decreto No. 346 del 27 de septiembre de 2024, el cual establece nuevas restricciones para la circulación de motocicletas en el municipio. Esta medida surge a raíz de la Circular 0044 del Ministerio de Transporte, que invita a las autoridades locales a desarrollar estrategias para mitigar el uso indebido de vehículos, particularmente en actividades no reguladas, que afectan la movilidad y la seguridad en el territorio nacional.
El Decreto No. 346 busca, en particular, restringir la circulación de acompañantes en motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, durante el horario comprendido entre las 06:00 y las 20:00 horas, de lunes a domingo. Esta medida responde a un creciente número de incidentes relacionados con motocicletas, que han sido identificadas como un medio de transporte usado para fines ilegales o en situaciones de inseguridad. La restricción pretende fortalecer los controles sobre los motociclistas y reducir los problemas asociados al transporte no autorizado o fuera de norma en el municipio de Girardot.
Medidas Implementadas: Restricción de Acompañantes y Control Vial
Una de las principales disposiciones del decreto es la limitación de acompañantes en motocicletas durante el horario señalado. Sin embargo, para garantizar que esta medida no afecte a quienes cumplen funciones esenciales, el Decreto establece excepciones para ciertos grupos y actividades debidamente acreditadas, tales como miembros de la fuerza pública, personal del CTI de la Fiscalía General de la Nación, autoridades de tránsito, organismos de socorro, personal de vigilancia privada, trabajadores de empresas de servicios públicos y medios de comunicación, entre otros.
Para aquellos motociclistas que necesiten transportar acompañantes de manera regular, la Secretaría de Tránsito y Transporte de Girardot ha diseñado un "Formato de Control Vial". Este formato permitirá a los propietarios de motocicletas inscribir hasta cinco personas autorizadas como acompañantes, quienes podrán ser transportadas en el vehículo bajo las condiciones establecidas en el decreto. Este sistema de control busca mejorar la supervisión y regular la movilización de personas en motocicletas, evitando el uso indiscriminado o inseguro de este tipo de transporte.
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El formato será emitido de manera gratuita y podrá ser solicitado a través de los canales digitales dispuestos por la Secretaría de Tránsito, con el fin de facilitar su acceso a los ciudadanos. Una vez aprobado, podrá presentarse en dispositivos móviles a las autoridades que lo requieran durante los operativos de control.
Excepciones a la Restricción en Girardot
A pesar de las limitaciones generales, el decreto contempla diversas excepciones para garantizar que actividades fundamentales no se vean afectadas. Entre las excepciones más relevantes se encuentran:
Miembros de la fuerza pública y personal militar.
Personal del CTI y autoridades de la Fiscalía General de la Nación.
Autoridades de Tránsito y Transporte.
Organismos de socorro, incluyendo brigadas de emergencias.
Personal de vigilancia privada debidamente identificado y autorizado por la Superintendencia de Vigilancia Privada.
Instructores de escuelas de conducción registrados y habilitados por el Ministerio de Transporte, en el ejercicio de clases prácticas.
Trabajadores de empresas de servicios públicos domiciliarios y telecomunicaciones.
Personal médico y veterinario en situaciones de emergencia.
Periodistas y personal de medios de comunicación acreditados.
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Además, aquellos conductores que posean el Formato de Control Vial, podrán movilizar a las personas previamente registradas y aprobadas por la Secretaría de Tránsito. Esta medida busca garantizar la seguridad en la movilidad sin entorpecer el desarrollo de actividades esenciales o servicios de urgencia en el municipio.
Sanciones y Aplicación de la Norma
El Decreto No. 346 también estipula sanciones claras para quienes incumplan con las medidas establecidas. Los infractores se enfrentarán a sanciones pecuniarias y la inmovilización de su vehículo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), modificado por la Ley 1383 de 2010. Estas sanciones se impondrán a aquellos motociclistas que transporten acompañantes fuera de los horarios permitidos o que no cuenten con la documentación requerida.
La Secretaría de Tránsito y Transporte de Girardot, en conjunto con la Policía Nacional y otras entidades locales, se encargará de coordinar los operativos necesarios para garantizar el cumplimiento del decreto. Estos operativos se realizarán de manera periódica, con el fin de verificar que las motocicletas en circulación cumplan con las nuevas disposiciones.
Objetivos y Proyección de la Medida
Con la implementación de este decreto, la Alcaldía Municipal de Girardot busca no solo regular el uso de motocicletas en el municipio, sino también reducir la tasa de accidentes, mejorar la seguridad pública y frenar el transporte ilegal que afecta tanto a los ciudadanos como a la economía local. Las motocicletas han sido un medio de transporte clave en Girardot, pero su mal uso ha generado preocupaciones sobre la seguridad vial y la actividad criminal.
Estas medidas de control son un paso hacia la modernización de la regulación del transporte en la ciudad, y se espera que con la colaboración ciudadana y la adecuada implementación de los controles, se logren resultados positivos en materia de movilidad y seguridad.
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El Decreto No. 346 entrará en vigor a partir de su publicación, y contra él no procede recurso alguno. La Alcaldía de Girardot hace un llamado a la ciudadanía para que cumpla con las nuevas disposiciones y contribuya a una movilidad más segura y ordenada en el municipio.