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驴Qu茅 personas naturales deben facturar electr贸nicamente?

por: Julian Glevez

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La Direcci贸n de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha introducido una evoluci贸n significativa en la gesti贸n de transacciones comerciales con la implementaci贸n de la factura electr贸nica. Este sistema, que sustituye a la factura tradicional, ofrece la ventaja de generar, validar, expedir, recibir, rechazar y conservar documentos de manera electr贸nica, promoviendo as铆 una mayor eficiencia en el proceso. Esencialmente, la factura electr贸nica se convierte en el soporte clave para las transacciones de venta de bienes y servicios.

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Desde el 1 de junio, la normativa establece que todos los comercios en Colombia, incluyendo tiendas de barrio y restaurantes, as铆 como aquellos declarantes de impuesto sobre la renta que no sean considerados grandes contribuyentes, deben adoptar la facturaci贸n electr贸nica. Sin embargo, la nueva normativa no erradica completamente el uso del papel, ya que habr谩 circunstancias espec铆ficas que requieran documentaci贸n f铆sica conforme a reglamentaciones particulares.

DIAN
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El sistema de facturaci贸n electr贸nica, disponible de manera gratuita, simplifica el cumplimiento de esta obligaci贸n para empresarios y responsables. Para su implementaci贸n se requieren los siguientes elementos:

1. Estar registrado en el Registro 脷nico Tributario (RUT).

2. Contar con un software de facturaci贸n electr贸nica.

3. Tener un certificado de firma digital.

Entre los m煤ltiples beneficios que la facturaci贸n electr贸nica ofrece, destacan la automatizaci贸n de procesos manuales, la posibilidad de devoluciones autom谩ticas, la reducci贸n de costos, la optimizaci贸n en la gesti贸n de documentos, mejora en las relaciones entre clientes y proveedores, mayor seguridad y facilidad en el intercambio de documentos.

Las personas naturales obligadas a utilizar la facturaci贸n electr贸nica, seg煤n la Dian, incluyen:

- Aquellas que vendan bienes y/o servicios y tengan ingresos brutos superiores a 3.500 UVT.

- Contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.

- Personas naturales, excluyendo minoristas, artesanos, agricultores y ganaderos con ingresos inferiores a 3.500 UVT, pero que operen m谩s de un establecimiento de comercio, explotaci贸n de intangibles, usuarios aduaneros o manejen consignaciones e inversiones superiores a 3.500 UVT.

Tambi茅n deben adoptar esta medida las personas jur铆dicas que vendan bienes y/o servicios, y los contribuyentes que han optado por el R茅gimen Simple de Tributaci贸n (RST).

En caso de no cumplir con la obligaci贸n de facturaci贸n electr贸nica, la Dian ha establecido sanciones severas, que pueden incluir multas significativas y afectar la operatividad de las empresas. Por lo tanto, es crucial que todos los comerciantes en Colombia se adapten a este nuevo sistema.

Aunque a煤n existen individuos que prefieren la facturaci贸n tradicional, esta elecci贸n no es viable bajo la nueva normativa. La transici贸n a la facturaci贸n electr贸nica es mandatoria y representa un desaf铆o para garantizar que todos los sectores comerciales cuenten con los recursos necesarios para cumplir con las regulaciones establecidas.

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