La Décima Tercera Brigada del Ejército Nacional ha emitido la Resolución 00000018 de 2025, que impone una suspensión temporal a los permisos especiales para portar armas de fuego y traumáticas en Bogotá y Cundinamarca. Esta medida, que abarca tanto a individuos como a entidades, tiene un efecto retroactivo, comenzando a las 00:00 horas del 1 de enero de 2025 y se extiende hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2025.
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La restricción se aplica específicamente en Bogotá, así como en los municipios de San Juanito y Calvario en Meta, y en la mayoría de las áreas de Cundinamarca. Sin embargo, es importante destacar que las localidades de Simijaca, Susa, Fúquene, Medina y Paratebueno quedan exentas de esta disposición.
Este reglamento considera ciertas excepciones, conforme a la normativa vigente. Entre los casos exceptuados se incluyen las autorizaciones otorgadas a organismos como la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría, la Contraloría, INPEC, Migración Colombia, la Unidad Nacional de Protección, la Dirección Nacional de Inteligencia y misiones diplomáticas acreditadas en Colombia.
Asimismo, la disposición reitera las excepciones ya establecidas en la Directiva 0005 de 2024, que abarcan al personal activo y a los veteranos de la Fuerza Pública. También se incluyen los Profesionales Oficiales de la Reserva, entre otros, quienes mantienen su capacidad para portar armas bajo ciertas condiciones específicas.
Esta resolución forma parte de los esfuerzos de las autoridades para regular la tenencia de armas en la región, buscando un equilibrio entre la seguridad pública y los derechos de ciertos grupos e individuos que requieren portar armas en el ejercicio de sus funciones.
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