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Cundinamarca: Procuradur铆a ratifica la destituci贸n del alcalde electo de Tocancip谩

por: Nicolas Hurtado

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La Procuradur铆a General de la Naci贸n ha desestimado la acci贸n de tutela que interpuso el alcalde electo de Tocancip谩, Walfrando Forero. El pol铆tico en menci贸n utiliz贸 este recurso de apelaci贸n, luego de la notificaci贸n que el ente de control profiri贸 el pasado 14 de noviembre, cuando confirm贸 su destituci贸n, debido a la no justificaci贸n de incremento patrimonial por 951 millones de pesos en su pasada administraci贸n.

Alcalde electo de Tocancip谩 no se posesionara

Walfrando Forero Bejarano
Walfrando Forero Bejarano

La Procuradur铆a, adem谩s de la destituci贸n, impuso una inhabilidad al funcionario por diez a帽os, resaltando la incapacidad del mismo para justificar el millonario aumento en su patrimonio.

Esta sanci贸n, de acuerdo con el ente de control, se basa en la falta de satisfactorias explicaciones por parte de Forero respecto al incremento patrimonial ocurrido entre 2016 y 2018, a帽os coincidentes con su ejercicio como alcalde de Tocancip谩.

En el fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores P煤blicos de Elecci贸n Popular estableci贸 que las pruebas contables presentadas por Forero conten铆an inconsistencias, lo cual llev贸 a la conclusi贸n de que la informaci贸n no era confiable.

La Direcci贸n Nacional de Investigaciones Especiales (DNIE) respald贸 esta conclusi贸n al se帽alar las irregularidades en las pruebas contables.

La Procuradur铆a argumenta que Walfrando Forero Bejarano, en su calidad de alcalde, desobedeci贸 de manera consciente y voluntaria las normas superiores que le impon铆an el deber de rendir cuentas sobre su patrimonio.

La entidad destaca su conocimiento previo de estas normativas debido a su experiencia como concejal y alcalde en tres periodos constitucionales anteriores a su mandato.

A pesar de la medida ejecutoriada contra el alcalde electo, Forero no qued贸 conforme y present贸 una acci贸n de tutela para revertir su destituci贸n. Sin embargo, el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogot谩 desestim贸 la tutela, negando los argumentos presentados por el pol铆tico.

En su resoluci贸n, el juzgado determina:

  1. Negar la acci贸n de tutela instaurada por Walfrando Adolfo Forero Bejarano.
  2. Notificar a las partes seg煤n lo establecido en el art铆culo 30 del Decreto 2591/91.
  3. Remitir la actuaci贸n a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisi贸n, en caso de no impugnarse el fallo.