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Cundinamarca: Destituido alcalde Forero de Tocancipá a mes y medio de su posesión

por: Omar Gamboa

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Walfrando Forero Bejarano fue destituido e inhabilitado por la Procuraduría hace pocas horas, dos semanas después de que nuevamente fuera elegido alcalde de Tocancipá, Cundinamarca. Expertos consideran que hace falta pronunciamiento del Contencioso Administrativo para que la sanción quede en firme.      

De la reciente decisión hizo saber el Ministerio Público mediante comunicación a través de sus redes sociales, y a través de publicación en sus páginas oficiales este martes 14 de noviembre.

“Procuraduría confirmó destitución del exalcalde de Tocancipá, Cundinamarca, Walfrando Forero Bejarano, y lo inhabilitó por 10 años y 6 meses”, comienza indicando la comunicación.

De acuerdo al mismo texto, el electo mandatario para el período 2024 – 2027 no justificó un incremento patrimonial de $951 millones, una suma que habría alcanzado entre el 2016 y 2019 cuando ocupó el mismo cargo.

Un fallo en ese mismo sentido pero en primera instancia había sido promulgado en enero del año pasado por la misma Procuraduría.

Investigación y decisión del Ministerio Público

Advierte la Procuraduría que  la sanción quedó ejecutoriada, es decir entró en plena vigencia una vez ocurrió la notificación este martes. Significa que “procede de manera inmediata por no estar en ejercicio de funciones públicas”. Así, Walfrando Forero  no podría asumir como nuevo alcalde de Tocancipá el próximo primero de enero.

Las averiguaciones del organismo de control y vigilancia permitieron determinar que el mandatario electo incurrió en faltas disciplinarias  que tendrían relación con incremento injustificado de su patrimonio.

Revelan los análisis que las pruebas contables presentadas por el ex funcionario contenían inconsistencias, de cuerdo a la evaluación realizada por peritos de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría. “Estas inconsistencias llevaron a la conclusión de que la información proporcionada no era confiable, ya que no seguía las pautas y normas aceptadas y vigentes en la época de los hechos”.

Destacó además que los valores presentados por Forero Bejarano para justificar sus ingresos durante ese periodo no coincidían con lo declarado ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN. Además, “carecían de referencias o antecedentes que pudieran respaldar la credibilidad de los datos consignados”.

Argumentos de la Procuraduría

En este contexto, el Ministerio Público estima que el informe y sus soportes documentales carecían de fiabilidad y razonabilidad, ya que presentaban inconsistencias entre sí, omitían información y no cumplían con las especificaciones legales.

Sostiene que el ex alcalde “desobedeció consciente y voluntariamente las normas superiores que le imponían el deber de rendir cuentas sobre su patrimonio”. Advierte que Forero Bejarano debía conocer esas disposiciones toda vez que, para entonces, había sido concejal.

Así las cosas, el comportamiento del Alcalde electo, según el mismo órgano de control, “impactó sustancialmente el postulado de la moralidad sobre el cual se cimenta la función administrativa”.

La falta cometida por el entonces mandatario de Tocancipá fue calificada como “gravísima y con dolo”.

Subraya la Procuraduría que la sanción impuesta quedó ejecutoriada a partir de la notificación y su ejecución procede de inmediato, conforme a la sentencia C-030 de 2023 de la Corte Constitucional. Lo anterior considerando que Forero Bejarano no se encuentra en ejercicio de funciones públicas”.

La decisión emitida por la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular es de segunda instancia. Establece que el ex funcionario “no justificó de forma satisfactoria ese aumento, el cual fue determinado para él y su núcleo familiar entre 2016 y 2018, años que coinciden con su desempeño como mandatario local”.

Dentro de su trabajo, los funcionarios encargados del caso acudieron a la DIAN. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales concluyó que esa información no contaba con referencias o antecedentes que permitieran darles credibilidad a los datos consignados. 

Debido a esa circunstancia, la Procuraduría estimó que el informe del ex Alcalde “no ofrecían fiabilidad o razonabilidad”. Es decir, presentaban “inconsistencias entre sí, omitían información y no cumplían con las especificaciones o reglas legales”.

https://twitter.com/PGN_COL/status/1724444561068401071

Desconoció normas imperativas

Para la Procuraduría, el entonces acalde desobedeció, de “forma consciente y voluntaria”, las normas superiores que le imponían el deber de dar cuenta de su patrimonio.  El Alcalde electo de Tocancipá debía conocer esas disposiciones  toda vez que ya había sido concejal de la misma localidad.

Significa, en ese marco, que Walfrando Forero “quebrantó el deber de transparencia que concierne a todos los servidores públicos y, de contera, se impactó de forma sustancial el postulado de la moralidad sobre el que se cimenta la función administrativa”, resalta la Procuraduría.