*Candidatura de Daniel Bernal a la Cámara de Representantes por Cundinamarca quedó firme. El Consejo Nacional Electoral, CNE, descartó la existencia de una posible doble militancia como lo insinuó una Veeduría Ciudadana.
Sobre esa decisión se supo este miércoles (4 de febrero 2026) mediante vocero de esa Autoridad Electoral quien dio lectura a la Resolución 0772 de la fecha. El documento “niega la solicitud de revocatoria” de la candidatura de Daniel Felipe Bernal Montealegre, avalado por el Partido Demócrata Colombiano.
La petición de revocatoria de la postulación de Bernal Montealegre fue radicada (002757) por Antonio José Tafur, quien pidió investigar si existía una posible doble militancia del dirigente cundinamarqués.
Significa que la candidatura de Daniel Bernal se mantiene firme y que su nombre figurará en las elecciones del domingo 8 de marzo que viene-
En firme candidatura de Daniel Bernal a Cámara por Cundinamarca
Así, la sede política del candidato emitió comunicado oficial ratificando lo decidido por el Consejo nacional electoral:
CNE descarta la doble militancia y deja en pie la candidatura de Daniel Bernal a la Cámara de Representantes.
Cundinamarca, 4 de febrero de 2026 El Consejo Nacional Electoral (CNE) ratificó la inscripción de Daniel Felipe Bernal Montealegre como candidato a la Cámara de Representantes por Cundinamarca (periodo 2026–2030), avalado por el Partido Colombia Demócrata, al negar la solicitud de revocatoria de la inscripción presentada en su contra.
La actuación administrativa se originó a partir de una solicitud presentada el 26 de enero de 2026 por una veeduría ciudadana electoral. En el escrito se solicitó la revocatoria de la candidatura por una presunta doble militancia en la modalidad de apoyo, con fundamento en la difusión de videos en redes sociales sobre un evento público realizado el 6 de diciembre de 2025 en el municipio de Mosquera (Cundinamarca).
Tras la radicación de la solicitud, el CNE avocó conocimiento del caso, incorporó el material probatorio allegado —principalmente registros audiovisuales— y solicitó los respectivos pronunciamientos y pruebas tanto al candidato como al partido que otorgó el aval, garantizando los principios de contradicción, defensa y debido proceso.
En el marco del trámite, el Ministerio Público concluyó que no era procedente revocar la inscripción del candidato, al no encontrarse acreditados actos positivos, claros y concretos de apoyo a una candidatura de otro partido político, requisito indispensable para configurar la doble militancia en su modalidad de apoyo. El concepto precisó además que no se evidenció que el supuesto apoyo hubiera sido conocido, promovido o consentido, elementos necesarios para estructurar dicha causal.
De igual forma, la defensa del candidato expuso que los señalamientos se sustentaban en interpretaciones subjetivas del material audiovisual y que en ningún caso se presentaron invitaciones explícitas a votar por aspirantes distintos al avalado por el Partido Colombia Demócrata, ni actos inequívocos que permitieran alcanzar el estándar de certeza exigido para una revocatoria de inscripción.
Tras conocerse la decisión, el candidato informó que continuará su campaña con normalidad en todo el departamento, fortaleciendo el trabajo territorial y el diálogo directo con las comunidades de Cundinamarca. El proyecto político mantiene su enfoque en una agenda programática orientada a mejorar la movilidad y la infraestructura regional, ampliar el acceso a la educación superior, generar oportunidades para los jóvenes, respaldar al campo cundinamarqués y ejercer una representación firme, técnica y responsable del departamento en el Congreso de la República, construida desde la experiencia en el gobierno local, el respeto por la institucionalidad y el compromiso con los ciudadanos.









